CAMBIOS EN LA MODALIDAD DE PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA DE SEGUIMIENTO PARA USUARIOS DE ZONA FRANCA
El pasado miércoles 1 de octubre de 2025, la Dirección Nacional de Zonas Francas emitió la Resolución N° 75/2025 en la cual se modifica el régimen de presentación de la declaración jurada de seguimiento que deben presentar los usuarios (directos e indirectos) de las diferentes zonas francas.
Antecedentes
De acuerdo con la Ley 15.921 en la redacción dada por la Ley 19.566 y su decreto reglamentario
309/018, existe para los usuarios tanto directos como indirectos, la obligación de presentar
una declaración jurada de seguimiento con el objetivo de verificar el cumplimiento de las
proyecciones incluidas en el Proyecto de Inversión presentado para la obtención de la calidad
de usuario.
Esta declaración se debe presentar cada dos años, y hasta ahora su presentación era en
formato impreso con la firma de un responsable que represente al usuario, en calidad de
declaración jurada. El desarrollador era quién recibía la nota física y realizaba la presentación
ante la Dirección Nacional de Zona Franca, así como su envío vía mail.
Dentro de la información a presentar en la declaración básicamente se trataba de:
- Nivel y calidad de los recursos humanos empleados (detallando cantidad, nivel
académico, y cargo)
- Inversiones en activo fijo
- Ingresos percibidos en el periodo.
- Detalle de las actividades realizadas
No existía vencimiento establecido para su presentación.
Principales modificaciones que introduce la Resolución
- Se crea un formulario web mediante el cual los usuarios deben ingresar y completar la
información contenida en la declaración jurada. Por lo tanto, cambia la forma de
presentación, dejando de ser física a ser electrónica. El enlace se encontrará en la web
de la Ventanilla Única de Inversión (VUI) o Ventanilla Única de Comercio Exterior
(VUCE)
- Para poder acceder al portal se requiere que la empresa esté registrada en VUI/VUCE.
El proceso de registro es por única vez y se generará un usuario y contraseña que
permitirá operar en la plataforma, así como realizar las gestiones. También es
necesario registrar una persona física que sea representante de la empresa y que es
quién se hará responsable por el envío de la información. Se podrán delegar los
permisos para que terceros carguen información, pero la presentación será
únicamente por quienes sean los representantes legales (directores, apoderados,
administradores).
- Se establece un plazo para la presentación de la declaración, que es de cuatro meses
contados desde la fecha de cierre del último ejercicio económico que corresponda
informar.
- Se debe hacer una declaración jurada por cada vínculo contractual, es decir si tengo
dos contratos de usuario con una misma sociedad, debo presentar dos declaraciones
juradas.
- Se prevé adicionalmente un plazo especial para que empresas que no estaban al día en
la presentación de las declaraciones juradas, o que la última información presentada
no incluyera información de por lo menos el antepenúltimo ejercicio económico
cerrado, puedan regularizar su situación. Estas empresas tienen un plazo de 30 días
desde que comenzó a regir la Resolución (1 de octubre de 2025), por lo tanto, vence el
31/10/2025.
Información que contiene la declaración on line (información a declarar):
- Cantidad de contratos vigentes e identificación de usuarios (directos e indirectos si corresponde) y desarrollador.
Módulo de ingresos y costos
- Ingresos del periodo abiertos por tipo de actividad: compraventa de bienes, industrial
y servicios. Dentro de servicios se pide apertura del tipo de servicios de acuerdo con la
descripción prevista en la Ley de zonas francas. Para todos los tipos de ingresos se
requiere discriminar si los mismos son a zona franca, a territorio nacional no franco a
contribuyentes de IRAE, o al exterior. Incluyendo si hay ingresos por explotación de
propiedad intelectual.
- Cantidad de facturas emitidas que correspondan a los ingresos declarados.
- En caso de no contar con ingresos en el periodo, justificación de los motivos.
- Para los costos de los servicios prestados, se solicita se indique si se tercerizaron los
servicios vinculados directamente a la actividad sustancial. Y en caso de existencia de
tercerización, especificar con quién se contrató (otro usuario, empresas de plaza o con
el exterior)
Módulo de personal
- Personal ocupado por categoría, y si es nacional o extranjero, así como la remuneración
en USD.
- En el caso de contar con 4 o menos empleados en el periodo, se debe adjuntar la
planilla de trabajo correspondiente a los últimos 12 meses previos a la presentación.
- Si no contó con personal en el periodo se deberá justificar el motivo.
- Para usuarios indirectos: si se contrató personal tercerizado para tareas de logística,
detallar el total de horas contratadas y monto en USD.
Módulo de resultado del ejercicio
- Resultado del ejercicio por cada año en USD.
Módulo de inversiones
- Inversiones del periodo en: mejoras, muebles y útiles, equipos de computación,
intangibles, maquinaria e instalaciones, vehículos.
- Para los intangibles se deberá describir la o las categorías de acuerdo con el importe
declarado.
- En caso de no contar con inversión en el periodo, justificación del motivo.
Otros aspectos para tener en cuenta
- El formulario tiene carácter de Declaración.
- Debe ser firmada por el representante de la sociedad en formato electrónico.
- Para usuarios con más de un contrato vigente: se deben proporcionar datos
consolidados para los ingresos, costos y resultados, y datos individuales, es decir por
cada contrato, para personal e inversiones.
- Una vez enviada la declaración, deberá ser aprobada por la Dirección Nacional de
Zonas Francas.
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