BENEFICIOS PARA PROMOVER LA RADICACION EN TERRITORIO NACIONAL DE TECNICOS Y PROFESIONALES DEL SECTOR DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION
Juan Ignacio Troccoli


El 16 de agosto pasado el Poder Legislativo aprobó el proyecto de ley que busca fomentar la radicación en Uruguay de técnicos y profesionales (extranjeros o nacionales) del sector de las Tecnologías de la Información (TI) que se encuentran actualmente en el exterior.
El objetivo principal es la radicación en el Uruguay de talentos que residen en el exterior, para que capaciten a los talentos locales, generando un círculo virtuoso de generación de empleo de calidad.
Debemos tener presente que el sector TI cuenta con un gran dinamismo, tanto a nivel nacional como internacional. Se trata de un sector que en los últimos años ha presentado un crecimiento significativo en el país, según información de la Cámara Uruguaya de Tecnologías de la Información (CUTI) la facturación del sector en 2021 ascendió a USD 1.950 millones, más de la mitad son exportaciones, siendo Estados Unidos su principal mercado seguido de Reino Unido, Chile y Colombia.
Nuestro país es el mayor exportador de software per cápita de América Latina y el cuarto exportador en dólares de América Latina. Se estima que son aproximadamente 28.000 puestos de trabajo los que genera el sector.
El desarrollo del sector se encuentra limitado y amenazado por la oferta de recursos humanos especializados en la materia, provocando que las empresas del sector no encuentran en nuestro país la cantidad o calidad de los colaboradores que se requieren para seguir creciendo. Según la CUTI el rol que más se dificulta captar es el de desarrollador y programador senior y semi-senior, aunque también escasean técnicos, testers, administradores de base de datos y data architects.
El exceso de demanda laboral sobre la oferta genera una competencia entre las empresas que encarece los costos, genera inestabilidad laboral, ineficiencia en el sector y atenta contra el potencial de crecimiento y búsuqeda de nuevos mercados.
En la exposición de motivos, el Poder Ejecutivo menciona que el crecimiento proyectado de puestos de trabajo en el sector TI supera ampliamente la proyección de egresados de los distintos institutos de enseñanza formal del país, pudiendo conducir a que empresas uruguayas radiquen filiales en el exterior para captar la mano de obra que no consiguen en Uruguay.
La nueva Ley establece que los técnicos y profesionales del sector TI que se trasladen al país a efectos del cumplimiento de contratos de trabajo en relación de dependencia con empresas con actividad regular y permanente en Uruguay y a ejecutarse en territorio nacional, podrán optar con relación a las rentas del trabajo por tributar el Impuesto a las Rentas de los No Residentes, cuya tasa es 12%, en vez de tributar el Impuesto a la Renta de Personas Físicas cuya tasa es progresiva de 0 a 36%.
El segundo beneficio que otorga la normativa es la posibilidad de optar por no beneficiarse sistema de seguridad social vigente, no existiendo en tal caso la obligación de realizar los aportes a seguridad social correspondientes.
Los beneficios aplican al año en que se ejerce la opción y los cuatro siguientes.
Se deberán cumplir de forma simultánea las siguientes condiciones:

  • ser extranjero o nacional, que no haya verificado la residencia fiscal en el país en los últimos cinco ejercicios fiscales previos al traslado a territorio nacional.
  • desarrollar la actividad a tiempo completo en territorio nacional. La norma define tiempo completo como una presencia efectiva en el país de al menos 2/3 de los días del año civil.
  • expresar por escrito su voluntad de no ampararse al sistema de seguridad social vigente en nuestro país.
  • obtener la totalidad de las rentas del trabajo en territorio nacional, exclusivamente en relación de dependencia, por la prestación de servicios vinculados directamente con las actividades del sector de TI.

La norma especifica que el uso de la opción es por única vez y se deberá realizar al inicio de la primera vinculación laboral. En caso de finalizar su vinculación laboral podrá mantener el beneficio siempre que consiga un nuevo trabajo en el plazo de un año.
Las nuevas disposiciones serán de aplicación para contratos laborales iniciados hasta el 28 de febrero de 2025.
Esta nueva norma refuerza el compromiso de nuestro país en el desarrollo del sector, el cual recordemos tiene como uno de sus principales atractivos para la radicación de empresas, la exoneración al Impuesto a la Renta de Actividades Económicas sobre los ingresos generados en desarrollos en el país de soportes lógicos y en la prestación desde territorio nacional de servicios relacionados a las TI.



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